EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE
ARTÍCULO 1º.- Suspéndase, de manera preventiva, el dictado de los cursos de verificación de competencias y
formación continua, como así también la realización de los exámenes psicofísicos exigidos por la Disposición
ANSV N° DI-2019-48-APN-ANSV#MTR, para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir
Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), hasta el 01 de abril de 2020.-
ARTICULO 2°.- Prorróganse por el término de 60 (sesenta) días corridos la vigencia de los cursos y exámenes
psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen
entre el 15 de febrero de 2020 y el 01 de abril de 2020.-